Unaempresa a dar a una persona trabajadora para su uso diario de trabajo y particular un coche en renting por el que paga 500 euros mensuales. 驴Debe consignarse como retribuci贸n en especie 500 euros? 驴Estar铆a esta cantidad sujeta a cotizaci贸n y tributaci贸n? 驴Es mejor imputar las retenciones al trabajador (comercial) o a la empresa?
LaAN declara que la retribuci贸n en especie que constituye la utilizaci贸n privada de un veh铆culo de empresa es la disponibilidad del veh铆culo fuera de las horas laborables, comput谩ndose los s谩bados,
efectosde determinar los ingresos a cuenta pertinentes en caso de existir rendimientos de trabajo en especie, corresponde a las mencionadas empresas como hecho constitutivo de su pretensi贸n. As铆 se deriva de lo dispuesto en el art铆culo 217.2 de la LEC 1/2000, toda vez que con arreglo al principio de
Sedefine en la Ley 35/2006, del IRPF (LIRPF) la retribuci贸n en especie como la utilizaci贸n, consumo u obtenci贸n para fines particulares de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aunque no supongan gasto real para quien las concede. 09/06/2017. Redactado por: Redacci贸n Espacio
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